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	<title>Comentarios en: Intervención en Distrito tv sobre la historia criminal del PSOE</title>
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	<description>Más España y más democracia</description>
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		<title>Por: Manolo</title>
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		<dc:creator>Manolo</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jan 2020 20:56:52 +0000</pubDate>
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		<description>Los errores se pueden repetir en la historia porque siempre se puede argumentar que lo que sucedió no es lo que se pretendía. Sería como decir que la URSS no fue comunista, el comunismo en realidad es otra cosa distinta a la realidad histórica de la URSS. Los comunistas creen que el verdadero comunismo, el auténtico, está por llegar y lo que se dio en la URSS solo es un intento que en algún momento degeneró apartandonse de la senda verdadera. </description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Los errores se pueden repetir en la historia porque siempre se puede argumentar que lo que sucedió no es lo que se pretendía. Sería como decir que la URSS no fue comunista, el comunismo en realidad es otra cosa distinta a la realidad histórica de la URSS. Los comunistas creen que el verdadero comunismo, el auténtico, está por llegar y lo que se dio en la URSS solo es un intento que en algún momento degeneró apartandonse de la senda verdadera. </p>
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		<title>Por: doiraje</title>
		<link>https://www.piomoa.es/?p=12328#comment-213077</link>
		<dc:creator>doiraje</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jan 2020 17:43:28 +0000</pubDate>
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		<description>Es cierto que el conocimiento de la historia ayuda a evitar la repetición de errores pasados. Pero no estoy seguro que el mero conocimiento lo logre. Desde este punto de vista, es incomprensible que sigan existiendo organizaciones o líderes políticos marxistas o filomarxistas, por ejemplo. Son inasequibles al desaliento frente a los datos objetivos y abrumadores sobre el desastre de todo orden de los regímenes comunistas. Es decir, que frente al conocimiento, o a su pesar, hay gente que decide creer y apostar por ciertas ideologías contra toda evidencia. Los prejuicios son más fuertes, parece, que el mismo conocimiento de la realidad presente y pasada. Es verdad que hay por ahí mucho analfabeto funcional, pero ¿cómo es posible que existan aún personas con buena formación, incluso catedráticos de universidad, que sigan comprando esta mercancía averiada? Entre los historiadores y rivales de Moa, ¿cabe decir que son todos unos patanes ignorantes? 
 
Lo que quiero apenas apuntar es que no sólo es el conocimiento lo que nos puede salvar de repetir la historia en lo peor de ella, sino la decisión de dejar de creer ideas equivocadas. El conocimiento ayuda a ello, pero parece que no es el único factor, pues es evidente que muchos quieren seguir creyendo en lo que es evidentemente falso, erróneo o aun fatídico.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es cierto que el conocimiento de la historia ayuda a evitar la repetición de errores pasados. Pero no estoy seguro que el mero conocimiento lo logre. Desde este punto de vista, es incomprensible que sigan existiendo organizaciones o líderes políticos marxistas o filomarxistas, por ejemplo. Son inasequibles al desaliento frente a los datos objetivos y abrumadores sobre el desastre de todo orden de los regímenes comunistas. Es decir, que frente al conocimiento, o a su pesar, hay gente que decide creer y apostar por ciertas ideologías contra toda evidencia. Los prejuicios son más fuertes, parece, que el mismo conocimiento de la realidad presente y pasada. Es verdad que hay por ahí mucho analfabeto funcional, pero ¿cómo es posible que existan aún personas con buena formación, incluso catedráticos de universidad, que sigan comprando esta mercancía averiada? Entre los historiadores y rivales de Moa, ¿cabe decir que son todos unos patanes ignorantes?<br />
 <br />
Lo que quiero apenas apuntar es que no sólo es el conocimiento lo que nos puede salvar de repetir la historia en lo peor de ella, sino la decisión de dejar de creer ideas equivocadas. El conocimiento ayuda a ello, pero parece que no es el único factor, pues es evidente que muchos quieren seguir creyendo en lo que es evidentemente falso, erróneo o aun fatídico.</p>
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		<title>Por: Esteban GA</title>
		<link>https://www.piomoa.es/?p=12328#comment-213073</link>
		<dc:creator>Esteban GA</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jan 2020 11:30:54 +0000</pubDate>
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		<description>Notas
(5) Véanse los libros de DANILO CASTELLANO, La razionalittá della política, Nápoles, 1993; L&#039;ordine dellapolítica, Nápoles, 1997; La verittá dellapolítica, Nápoles, 2002. 
(6) Puede verse, como ejemplo de tal tendencia, el libro —por lo demás estimable— del ilustre helenista español Francisco Rodríguez Adrados, Historia de la democracia, Madrid, 1997. Por su parte, han criticado justamente esa indistinción Eugenio Vegas Latapie, Consideraciones sobre la democracia, Madrid, 1965, o Jean Madiran, Les deux démocraties, París, 1977. 
(7) JUAN ANTONIO WIDOW, &quot;La revolución en el lenguaje político&quot;, Verbo (Madrid), n.° 177 (1979), pág. 774
(8) Cfr. MARINO GENTILE, II filosofo di fronte allo Stato moderno, Nápoles, 1964; GIOVANNI AMBROSETTI, L&#039;essenza dello Stato, Brescia, 1973. 
(9) Cfr. MARCEL DE CORTE, De la dissocieté, París, 2002. El texto trae su origen de una conferencia pronunciada por su autor en Roma el año 1974, luego publicada en francés, italiano y español casi simultáneamente.
(10) JENOFONTE, Memorabilia, IV, 6. 
(11) PHILIPPE BÉNÉTON, Les régimes politiques, París, 1996, págs. 12 y sigs. 
(12) PLATÓN, El Político, 292; y también La República, VIII. 
(13) ARISTÓTELES, Política, III, 5 y sigs. 
(14) SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa theologiae, I-II, 105, 1.
(15) Cfr. MARCEL DEMONGEOT, Le meilleur régime politique selon Saint Thomas, París, 1929; JAMES BLYTHE, Ideal Government and the Mixed Constitucion in the Middle Ages, Princeton, 1992. 
(16) HERODOTO, Libros de la Historia, libro III, 81. 
(17) JUAN DONOSO CORTÉS, Obras completas, ed. de Carlos Valverde, S. J., vol. II, Madrid, 1970, pág. 484. 
(18) ALVARO D&#039;ORS, Forma de gobierno y legitimidad familiar, Madrid, 1960.
(19) Puede verse el texto de JUAN VALLET DE GOYTISOLO, &quot;El pactismo de ayer y el de hoy&quot;, Anales de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación (Madrid), n.° 6 (1978), págs. 173 y sigs., y el volumen colectivo —promovido por el mismo Vallet— El pactismo en la historia de España, Madrid, 1980. 
(20) HEINRICH ROMMEN, Der Staat in der katholischen Gedankenwelt, Paderborn, 1935. 
(21) ENRIQUE GIL Y ROBLES, Tratado de derecho político según los principios de la filosofía y el derecho cristianos, Salamanca, 1899; RAFAEL DE BALBÍN, La concreción del poder político, Pamplona, 1964.
(22) RAFAEL GAMBRA, &quot;Estudio preliminar&quot; a La polémica Filmer-Locke sobre la obediencia política, Madrid, 1966, donde se reproducen en edición bilingüe inglés-castellano los textos Patriarch (1680) y First Treatise on Civil Gobernment (1690). Sobre la obra de Rafael Gambra puede verse mi libro Koinós. El pensamiento político de Rafael Gambra, Madrid, 1998. 
(23) Cfr. JEAN-JACQUES ROUSSEAU, Discours sur l&#039;origine et le fondements de l&#039;inegalitéparmi les hommes (1755), donde desde la misma dedicatoria se evidencia que se trata de hipótesis que no ha acaecido. 
(24) HEGEL, Grundlinien der Philosophie des Rechts (1821), par. 258 y sigs.; FRANCESCO GENTILE, Intelligenzapolítica e ragion di Stato, cit., dedica interesantes consideraciones críticas al contractualismo. 
(25) DANILO CASTELLANO, Razionalismo e diritti umani. Dell&#039;antifilosofiapolíti - co-giuridica della modernità, Turín, 2003.
(26) Cfr. FERDINAND TÖNNIES, Gemeinschaft und Gessellschaft (1887), ed. Francesa, Parí, 1946.
(27) RAFAEL GAMBRA, loc. cit. 
(28) MIGUEL AYUSO, El ágora y la pirámide, Madrid, 2000, capítulo 1. 
(29) DALMACIO NEGRO, Gobierno y Estado, Madrid-Barcelona, 2002, págs. 20 y sigs., 42 y sigs. 
(30) FRANCESCO GENTILE, Ordinamento giuridico. Tra virtualitá e realtá, Padua, 2001. 
(31) MIGUEL AYUSO, ¿Después del Leviathan? Sobre el Estado y su signo, Madrid, 1996; ID., La cabeza de la Gorgona. De la hybris del poder al totalitarismo moderno, Buenos aires, 2002.
(32) JUAN VALLET DE GOYTISOLO, Más sobre temas de hoy, Madrid, 1979, págs. 136 y sigs. 
(33) Cfr. ERIC VON KUEHNELT-LEDDIHN, Liberty or Equality. The Challenge of our Time, Caldwell, 1952; THOMAS MOLNAR, L&#039;hégémonie libérale, Lausana, 1992; PIERRE MENANT, La cité de l&#039;homme, París, 1994; PAUL GOTTFRIED, After liberalism. Mass democracy in the managerial State, Princeton, 2001. Puede verse mi &quot;Liberalismo y democracia&quot;, en el vol. Razonalismo. Homenaje a Gonzalo Fernández de la Mora, Madrid, 1995, págs. 244 y sigs. 
(34) FRANCESCO GENTILE, &quot;Introduzione&quot;, en el vol. L&#039;Europa dopo le sovranità, Nápoles 1999, págs. 11-21. 
(35) MIGUEL AYUSO, ¿Ocaso o eclipse del Estado? Las transformaciones del derecho público en la era de la globalización, Madrid-Barcelona, 2005.
(36) DANILO CASTELLANO, La verità della política, cit., págs. 135 y sigs. 
(37) ROBERT MICHELS, Zur Soziologie des Parteiwesens in der modernen Demokratie. Untersuchungen über die oligarchischen Tendenzen des Gruppenlebens, Stuttgart, 1911, fue el precursor en detectar el problema. Últimamente son de señalar, entre muchos, GONZALO FERNÁNDEZ DE LA MORA, La partitocracia, Madrid, 1976, y GIOVANNI SARTORI, Elementi de teoria política, Bolonia, 1987. 
(38) MIGUEL AYUSO, &quot;¿Qué Constitución para qué Europa?&quot;, Verbo (Madrid), n.° 435-436 (2005), págs. 15 y sigs. 7
(39) JOSÉ PEDRO GALVAO DE SOUSA, Da representação política, São Paulo, 1972. 
(40) JUAN VALLET DE GOYTISOLO, Ideología, praxis y mito de la tecnocracia, Madrid, 1971. 
(41) MIGUEL HERRERO DE MIÑÓN, &quot;Integración europea y democracia&quot;, Política Exterior (Madrid), n.° 59 (1997), págs. 15 y sigs.
(42) JUAN MANUEL ROZAS, &quot;La invariante económica en el Tratado de Mastrique&quot;, Verbo (Madrid), n.° 321-322 (1994), págs. 17 y sigs. 
(43) ÁLVARO D&#039;ORS, Escritos varios sobre el derecho en crisis, Madrid-Roma, 1973. 
(44) MIGUEL AYUSO, ¿Ocaso o eclipse del Estado?, cit., págs. 33 y sigs.
(45) CHRISTOPHE RÉVEILLARD, &quot;La construction européenne. Histoire en demiteinte dans le bilan du siècle&quot;, Conflits actuels (París), n.° 9 (2002), págs. 80 y sigs.; GILLES MIGNOT, &quot;La subsidiarité et la dilution de la frontière entre public et privé&quot;, Catholica (París), n.° 89 (2005), págs. 27 y sigs.
 </description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Notas<br />
(5) Véanse los libros de DANILO CASTELLANO, La razionalittá della política, Nápoles, 1993; L&#8217;ordine dellapolítica, Nápoles, 1997; La verittá dellapolítica, Nápoles, 2002.<br />
(6) Puede verse, como ejemplo de tal tendencia, el libro —por lo demás estimable— del ilustre helenista español Francisco Rodríguez Adrados, Historia de la democracia, Madrid, 1997. Por su parte, han criticado justamente esa indistinción Eugenio Vegas Latapie, Consideraciones sobre la democracia, Madrid, 1965, o Jean Madiran, Les deux démocraties, París, 1977.<br />
(7) JUAN ANTONIO WIDOW, &#8220;La revolución en el lenguaje político&#8221;, Verbo (Madrid), n.° 177 (1979), pág. 774<br />
(8) Cfr. MARINO GENTILE, II filosofo di fronte allo Stato moderno, Nápoles, 1964; GIOVANNI AMBROSETTI, L&#8217;essenza dello Stato, Brescia, 1973.<br />
(9) Cfr. MARCEL DE CORTE, De la dissocieté, París, 2002. El texto trae su origen de una conferencia pronunciada por su autor en Roma el año 1974, luego publicada en francés, italiano y español casi simultáneamente.<br />
(10) JENOFONTE, Memorabilia, IV, 6.<br />
(11) PHILIPPE BÉNÉTON, Les régimes politiques, París, 1996, págs. 12 y sigs.<br />
(12) PLATÓN, El Político, 292; y también La República, VIII.<br />
(13) ARISTÓTELES, Política, III, 5 y sigs.<br />
(14) SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa theologiae, I-II, 105, 1.<br />
(15) Cfr. MARCEL DEMONGEOT, Le meilleur régime politique selon Saint Thomas, París, 1929; JAMES BLYTHE, Ideal Government and the Mixed Constitucion in the Middle Ages, Princeton, 1992.<br />
(16) HERODOTO, Libros de la Historia, libro III, 81.<br />
(17) JUAN DONOSO CORTÉS, Obras completas, ed. de Carlos Valverde, S. J., vol. II, Madrid, 1970, pág. 484.<br />
(18) ALVARO D&#8217;ORS, Forma de gobierno y legitimidad familiar, Madrid, 1960.<br />
(19) Puede verse el texto de JUAN VALLET DE GOYTISOLO, &#8220;El pactismo de ayer y el de hoy&#8221;, Anales de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación (Madrid), n.° 6 (1978), págs. 173 y sigs., y el volumen colectivo —promovido por el mismo Vallet— El pactismo en la historia de España, Madrid, 1980.<br />
(20) HEINRICH ROMMEN, Der Staat in der katholischen Gedankenwelt, Paderborn, 1935.<br />
(21) ENRIQUE GIL Y ROBLES, Tratado de derecho político según los principios de la filosofía y el derecho cristianos, Salamanca, 1899; RAFAEL DE BALBÍN, La concreción del poder político, Pamplona, 1964.<br />
(22) RAFAEL GAMBRA, &#8220;Estudio preliminar&#8221; a La polémica Filmer-Locke sobre la obediencia política, Madrid, 1966, donde se reproducen en edición bilingüe inglés-castellano los textos Patriarch (1680) y First Treatise on Civil Gobernment (1690). Sobre la obra de Rafael Gambra puede verse mi libro Koinós. El pensamiento político de Rafael Gambra, Madrid, 1998.<br />
(23) Cfr. JEAN-JACQUES ROUSSEAU, Discours sur l&#8217;origine et le fondements de l&#8217;inegalitéparmi les hommes (1755), donde desde la misma dedicatoria se evidencia que se trata de hipótesis que no ha acaecido.<br />
(24) HEGEL, Grundlinien der Philosophie des Rechts (1821), par. 258 y sigs.; FRANCESCO GENTILE, Intelligenzapolítica e ragion di Stato, cit., dedica interesantes consideraciones críticas al contractualismo.<br />
(25) DANILO CASTELLANO, Razionalismo e diritti umani. Dell&#8217;antifilosofiapolíti &#8211; co-giuridica della modernità, Turín, 2003.<br />
(26) Cfr. FERDINAND TÖNNIES, Gemeinschaft und Gessellschaft (1887), ed. Francesa, Parí, 1946.<br />
(27) RAFAEL GAMBRA, loc. cit.<br />
(28) MIGUEL AYUSO, El ágora y la pirámide, Madrid, 2000, capítulo 1.<br />
(29) DALMACIO NEGRO, Gobierno y Estado, Madrid-Barcelona, 2002, págs. 20 y sigs., 42 y sigs.<br />
(30) FRANCESCO GENTILE, Ordinamento giuridico. Tra virtualitá e realtá, Padua, 2001.<br />
(31) MIGUEL AYUSO, ¿Después del Leviathan? Sobre el Estado y su signo, Madrid, 1996; ID., La cabeza de la Gorgona. De la hybris del poder al totalitarismo moderno, Buenos aires, 2002.<br />
(32) JUAN VALLET DE GOYTISOLO, Más sobre temas de hoy, Madrid, 1979, págs. 136 y sigs.<br />
(33) Cfr. ERIC VON KUEHNELT-LEDDIHN, Liberty or Equality. The Challenge of our Time, Caldwell, 1952; THOMAS MOLNAR, L&#8217;hégémonie libérale, Lausana, 1992; PIERRE MENANT, La cité de l&#8217;homme, París, 1994; PAUL GOTTFRIED, After liberalism. Mass democracy in the managerial State, Princeton, 2001. Puede verse mi &#8220;Liberalismo y democracia&#8221;, en el vol. Razonalismo. Homenaje a Gonzalo Fernández de la Mora, Madrid, 1995, págs. 244 y sigs.<br />
(34) FRANCESCO GENTILE, &#8220;Introduzione&#8221;, en el vol. L&#8217;Europa dopo le sovranità, Nápoles 1999, págs. 11-21.<br />
(35) MIGUEL AYUSO, ¿Ocaso o eclipse del Estado? Las transformaciones del derecho público en la era de la globalización, Madrid-Barcelona, 2005.<br />
(36) DANILO CASTELLANO, La verità della política, cit., págs. 135 y sigs.<br />
(37) ROBERT MICHELS, Zur Soziologie des Parteiwesens in der modernen Demokratie. Untersuchungen über die oligarchischen Tendenzen des Gruppenlebens, Stuttgart, 1911, fue el precursor en detectar el problema. Últimamente son de señalar, entre muchos, GONZALO FERNÁNDEZ DE LA MORA, La partitocracia, Madrid, 1976, y GIOVANNI SARTORI, Elementi de teoria política, Bolonia, 1987.<br />
(38) MIGUEL AYUSO, &#8220;¿Qué Constitución para qué Europa?&#8221;, Verbo (Madrid), n.° 435-436 (2005), págs. 15 y sigs. 7<br />
(39) JOSÉ PEDRO GALVAO DE SOUSA, Da representação política, São Paulo, 1972.<br />
(40) JUAN VALLET DE GOYTISOLO, Ideología, praxis y mito de la tecnocracia, Madrid, 1971.<br />
(41) MIGUEL HERRERO DE MIÑÓN, &#8220;Integración europea y democracia&#8221;, Política Exterior (Madrid), n.° 59 (1997), págs. 15 y sigs.<br />
(42) JUAN MANUEL ROZAS, &#8220;La invariante económica en el Tratado de Mastrique&#8221;, Verbo (Madrid), n.° 321-322 (1994), págs. 17 y sigs.<br />
(43) ÁLVARO D&#8217;ORS, Escritos varios sobre el derecho en crisis, Madrid-Roma, 1973.<br />
(44) MIGUEL AYUSO, ¿Ocaso o eclipse del Estado?, cit., págs. 33 y sigs.<br />
(45) CHRISTOPHE RÉVEILLARD, &#8220;La construction européenne. Histoire en demiteinte dans le bilan du siècle&#8221;, Conflits actuels (París), n.° 9 (2002), págs. 80 y sigs.; GILLES MIGNOT, &#8220;La subsidiarité et la dilution de la frontière entre public et privé&#8221;, Catholica (París), n.° 89 (2005), págs. 27 y sigs.<br />
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		<title>Por: Esteban GA</title>
		<link>https://www.piomoa.es/?p=12328#comment-213072</link>
		<dc:creator>Esteban GA</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jan 2020 11:24:52 +0000</pubDate>
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		<description>A ver si encuentro las notas del documento en cuestión.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>A ver si encuentro las notas del documento en cuestión.</p>
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		<title>Por: Esteban GA</title>
		<link>https://www.piomoa.es/?p=12328#comment-213071</link>
		<dc:creator>Esteban GA</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jan 2020 11:24:00 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;strong&gt;Las metamorfosis de la democracia y la disolución de la comunidad&lt;/strong&gt;.
Si la primera versión del &lt;em&gt;“contrato social”&lt;/em&gt; fue funcional al absolutismo monárquico, pronto el modelo sería corregido en clave liberal y luego democrática.  Es cierto que los términos (y sus correlativos conceptos) &lt;em&gt;“liberalismo”&lt;/em&gt; y &lt;em&gt;“democracia”&lt;/em&gt;, se suelen contemplar con frecuencia como unidos inescindiblemente; sin embargo, sus respectivas connotaciones no son de suyo coincidentes. Así, de un lado, encontramos un plurisignificado del liberalismo, como liberalismo económico, político o filosófico (en puridad ideológico) (32). En efecto, la raíz del liberalismo puede hallarse en la negación del orden natural y en la consiguiente pretensión de fundar el orden político (de que nos hemos ocupado anteriormente) en la voluntad humana. Tal pretensión racionalista y voluntarista al tiempo, no se corresponde de modo necesario en exclusiva con el liberalismo político, pues el llamado despotismo ilustrado ya era deudor de ella. Pero el propio liberalismo político no es todavía la democracia liberal, ya que ésta implica una profundización del designio igualitario, que no siempre se compadece con el puro liberalismo. En una tal dialéctica, una veta del pensamiento político moderno ha primado siempre el elemento &lt;em&gt;“liberal”&lt;/em&gt; frente al &lt;em&gt;“democrático”&lt;/em&gt;, mientras que otra ha podido invertir los términos de la preferencia (33). Esto es, respectivamente, elitismo frente a masificación, o —por el contrario— voluntad popular frente a contención del poder. En todo caso, estamos ante la lógica de la &lt;em&gt;“soberanía”&lt;/em&gt; (sea ésta del Príncipe, nacional o popular), que es la lógica del Estado moderno (34). La gran tesitura presente es precisamente la de la superación del Estado moderno, que puede afrontarse bien desde la recuperación del bien común de la comunidad política, en el cuadro de la inteligencia política clásica, bien en la pura disolución del mismo Estado como subrogado de tal comunidad política, en los términos del esquema postmoderno que preside la llamada globalización (35). Es sabido que la realidad del Estado soberano vino unida a la modernidad política en sentido fuerte, en la que el bien público, esto es, el de la persona estatal, iba a tratar de sustituir toda la sustancia comunitaria. Mientras que la crisis del Estado, y de la soberanía como su rasgo definidor, coincide con la decadencia de la modernidad, o con su fase débil, con la postmodernidad, en que, en pleno desenvolvimiento hacia el nihilismo, son los bienes privados los que reclaman la posición de dominio. Entre ambos momentos, el de la afirmación de las religiones civiles y el de su disolución, el verdadero bien común, el del hombre en cuanto hombre, esencialmente comunitario y comunicable, se deja de lado con todo cuidado (36). Las transformaciones de la democracia deben, pues, examinarse necesariamente en ese cuadro. Si en la fase denominada &lt;em&gt;“ liberal”&lt;/em&gt; el protagonismo lo tuvieron los gentlement, las grandes personalidades políticas, en un horizonte marcado por el sufragio censitario y la creación de una clase burguesa al servicio de la revolución liberal, la sucesiva fase democrática —con la introducción del sufragio universal— vino caracterizada por la emergencia de los partidos políticos, nuevas feudalidades que indujeron una nueva y creciente oligarquización en la fase más cercana de nuestros días, caracterizada propiamente como &lt;em&gt;“partitocracia”&lt;/em&gt; (37). A la larga se abriría la posterior crisis de los partidos, de las instituciones representativas (los parlamentos) y, en definitiva, de la propia democracia, sustituida por la tecnocracia. Si este proceso tuvo importantes reflejos en el nivel estatal, ha sido en el ámbito &lt;em&gt;“europeo”&lt;/em&gt; (recte, de la Unión Europea) donde ha adquirido carta de naturaleza a cuenta del famoso &lt;em&gt;“déficit democrático”&lt;/em&gt;, que si desde algún punto de vista puede convertirse en sinónimo de las exigencias del &lt;em&gt;“buen gobierno”&lt;/em&gt; (38), desde otro no deja de ahondar una opacidad creciente que desnuda progresivamente el vínculo entre poder y sociedad en que consiste la representación política (39). En efecto, en primer lugar, las instituciones europeas tienen funciones que pretenden la reproducción a mayor escala las instituciones democráticas del Estado nacional, pero que no pasan en verdad de resultar mera apariencia: nos encontramos así con un régimen político nuevo, al margen de las distintas formas conocidas del modelo constitucional, regido por el principio de separación de poderes, y con marcada inclinación hacia una burocratización desideologizadora. Cierto es que ésta puede presentarse bajo ribetes ideológicos: algo así como la &lt;em&gt;“ideología”&lt;/em&gt; del &lt;em&gt;“crepúsculo de las ideologías”&lt;/em&gt; (40). Pe ro hay algo más. Indagando en la razón de tales tendencias, algunas ya hechas realidades, quizá más que la humillación de la democracia se encuentren las exigencias del buen gobierno. Y, en alguna medida, más que al impulso de un proceso racionalizador y desideologizador, a lo que responden las tendencias apuntadas es a la búsqueda de una buena gestión de los asuntos públicos que la democracia de partidos no logra. He ahí el porqué último del éxito de las administraciones independientes: la desconfianza del ciudadano medio y aun del político responsable respecto del funcionamiento del Estado democrático, convertido en Estado de partidos, a la hora de jugar con las cosas importantes. Cuando se quiere tener una autoridad monetaria o una seguridad nuclear serias y ajenas a la presión demagógica, se sustraen a la gestión política y se entregan a unos técnicos competentes (41). Aunque los riesgos tampoco se pueden ocultar, de la colonización por los intereses sectoriales —tanto más fácil cuanto que los especialistas privados y públicos tienen frecuentemente la misma raíz—, al desarrollo excesivo del espíritu de cuerpo, se considera preferible a la acción de unos partidos sometidos a las clientelas y dependientes de las necesidades electorales. No es pequeño el resultado que nos ofrece en este campo la Unión Europea y su peripecia institucional para la problematización de la experiencia política hodierna. Pero en esta elusión de la democracia por las exigencias del buen gobierno hay otras consecuencias mucho menos tratadas. Y es que, en primer lugar, el conjunto de las cautelas antidemocráticas contenidas en el Tratado de la Unión Europea, tomadas en su conjunto, equivalen a lo que podríamos llamar una &lt;em&gt;“invariante” &lt;/em&gt;de política económica, esto es, un conjunto de reglas de rigurosa y obligada observancia (42). Se llega, pues, al resultado de que, si el pensamiento democrático excluyó siempre de su horizonte la existencia de una &lt;em&gt;“invariante moral del orden político”&lt;/em&gt;, ahora, su deriva tecnocrática, recupera la exigencia de unas normas incuestionables, pero sólo que, en vez de situarse en el terreno moral, se limitan tan sólo al económico. Pero además esta dinámica abre también la perspectiva de la recuperación de la distinción entre potestad y autoridad, aunque no tanto de la limitación de la potestad por una autoridad independiente —siempre salutífera para el orden político—, sino más bien de absorción de la potestad por una pseudo &lt;em&gt;“autoridad”&lt;/em&gt;, vicio opuesto al democrático de dilución de la autoridad en la potestad (43). Otra cosa es que las tendencias anteriores se presenten indiferenciadas y unidas inextricablemente con la ideología de la globalización. El éxito reciente de la llamada &lt;em&gt;governance&lt;/em&gt;, que podríamos decir con el término tradicional &lt;em&gt;“gobernación”&lt;/em&gt;, pero que se está imponiendo con el bárbaro de &lt;em&gt;“gobernanza”&lt;/em&gt;, evoca de una parte —incluso etimológicamente— el “gobierno”, más allá del Estado, aunque también implica, de otra, en la realidad, la rendición de la política a la administración del economicismo (44). Lo mismo podría decirse de la también reciente fortuna del principio de subsidiariedad. Pues si, de un lado, ha hecho volver la atención sobre un tema central del orden político, que las constituciones y administraciones nacionales habían obviado, no es menos cierto que —de otro— ha impuesto una versión desnaturalizada y administrativizada del mismo, al servicio de un neoliberalismo globalizador que se desembaraza de las posibles resistencias estatales y que contribuye a presentar los poderes públicos como mero s aparatos o instrumentos suspendidos sobre una sociedad civil autorregulada de modo espontáneo por la libre iniciativa individual (45). Se trataría no tanto de una volatilización del Estado como de una vanificación del gobierno, sometido a las sedicentes l e yes del mercado global. Se trataría también de una marginación de las instituciones representativas (digamos incluso, pese a lo desgastado del término, por mor de su uso &lt;em&gt;“religioso” &lt;/em&gt;y de su degeneración partitocrática, democráticas) bajo capa de eficiencia. Y se trataría finalmente, no de una flexibilización de los vínculos nacionales, sino más bien de su debilitamiento y casi desaparición.
&lt;strong&gt;MIGUEL AYUSO TORRES&lt;/strong&gt;</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Las metamorfosis de la democracia y la disolución de la comunidad</strong>.<br />
Si la primera versión del <em>“contrato social”</em> fue funcional al absolutismo monárquico, pronto el modelo sería corregido en clave liberal y luego democrática.  Es cierto que los términos (y sus correlativos conceptos) <em>“liberalismo”</em> y <em>“democracia”</em>, se suelen contemplar con frecuencia como unidos inescindiblemente; sin embargo, sus respectivas connotaciones no son de suyo coincidentes. Así, de un lado, encontramos un plurisignificado del liberalismo, como liberalismo económico, político o filosófico (en puridad ideológico) (32). En efecto, la raíz del liberalismo puede hallarse en la negación del orden natural y en la consiguiente pretensión de fundar el orden político (de que nos hemos ocupado anteriormente) en la voluntad humana. Tal pretensión racionalista y voluntarista al tiempo, no se corresponde de modo necesario en exclusiva con el liberalismo político, pues el llamado despotismo ilustrado ya era deudor de ella. Pero el propio liberalismo político no es todavía la democracia liberal, ya que ésta implica una profundización del designio igualitario, que no siempre se compadece con el puro liberalismo. En una tal dialéctica, una veta del pensamiento político moderno ha primado siempre el elemento <em>“liberal”</em> frente al <em>“democrático”</em>, mientras que otra ha podido invertir los términos de la preferencia (33). Esto es, respectivamente, elitismo frente a masificación, o —por el contrario— voluntad popular frente a contención del poder. En todo caso, estamos ante la lógica de la <em>“soberanía”</em> (sea ésta del Príncipe, nacional o popular), que es la lógica del Estado moderno (34). La gran tesitura presente es precisamente la de la superación del Estado moderno, que puede afrontarse bien desde la recuperación del bien común de la comunidad política, en el cuadro de la inteligencia política clásica, bien en la pura disolución del mismo Estado como subrogado de tal comunidad política, en los términos del esquema postmoderno que preside la llamada globalización (35). Es sabido que la realidad del Estado soberano vino unida a la modernidad política en sentido fuerte, en la que el bien público, esto es, el de la persona estatal, iba a tratar de sustituir toda la sustancia comunitaria. Mientras que la crisis del Estado, y de la soberanía como su rasgo definidor, coincide con la decadencia de la modernidad, o con su fase débil, con la postmodernidad, en que, en pleno desenvolvimiento hacia el nihilismo, son los bienes privados los que reclaman la posición de dominio. Entre ambos momentos, el de la afirmación de las religiones civiles y el de su disolución, el verdadero bien común, el del hombre en cuanto hombre, esencialmente comunitario y comunicable, se deja de lado con todo cuidado (36). Las transformaciones de la democracia deben, pues, examinarse necesariamente en ese cuadro. Si en la fase denominada <em>“ liberal”</em> el protagonismo lo tuvieron los gentlement, las grandes personalidades políticas, en un horizonte marcado por el sufragio censitario y la creación de una clase burguesa al servicio de la revolución liberal, la sucesiva fase democrática —con la introducción del sufragio universal— vino caracterizada por la emergencia de los partidos políticos, nuevas feudalidades que indujeron una nueva y creciente oligarquización en la fase más cercana de nuestros días, caracterizada propiamente como <em>“partitocracia”</em> (37). A la larga se abriría la posterior crisis de los partidos, de las instituciones representativas (los parlamentos) y, en definitiva, de la propia democracia, sustituida por la tecnocracia. Si este proceso tuvo importantes reflejos en el nivel estatal, ha sido en el ámbito <em>“europeo”</em> (recte, de la Unión Europea) donde ha adquirido carta de naturaleza a cuenta del famoso <em>“déficit democrático”</em>, que si desde algún punto de vista puede convertirse en sinónimo de las exigencias del <em>“buen gobierno”</em> (38), desde otro no deja de ahondar una opacidad creciente que desnuda progresivamente el vínculo entre poder y sociedad en que consiste la representación política (39). En efecto, en primer lugar, las instituciones europeas tienen funciones que pretenden la reproducción a mayor escala las instituciones democráticas del Estado nacional, pero que no pasan en verdad de resultar mera apariencia: nos encontramos así con un régimen político nuevo, al margen de las distintas formas conocidas del modelo constitucional, regido por el principio de separación de poderes, y con marcada inclinación hacia una burocratización desideologizadora. Cierto es que ésta puede presentarse bajo ribetes ideológicos: algo así como la <em>“ideología”</em> del <em>“crepúsculo de las ideologías”</em> (40). Pe ro hay algo más. Indagando en la razón de tales tendencias, algunas ya hechas realidades, quizá más que la humillación de la democracia se encuentren las exigencias del buen gobierno. Y, en alguna medida, más que al impulso de un proceso racionalizador y desideologizador, a lo que responden las tendencias apuntadas es a la búsqueda de una buena gestión de los asuntos públicos que la democracia de partidos no logra. He ahí el porqué último del éxito de las administraciones independientes: la desconfianza del ciudadano medio y aun del político responsable respecto del funcionamiento del Estado democrático, convertido en Estado de partidos, a la hora de jugar con las cosas importantes. Cuando se quiere tener una autoridad monetaria o una seguridad nuclear serias y ajenas a la presión demagógica, se sustraen a la gestión política y se entregan a unos técnicos competentes (41). Aunque los riesgos tampoco se pueden ocultar, de la colonización por los intereses sectoriales —tanto más fácil cuanto que los especialistas privados y públicos tienen frecuentemente la misma raíz—, al desarrollo excesivo del espíritu de cuerpo, se considera preferible a la acción de unos partidos sometidos a las clientelas y dependientes de las necesidades electorales. No es pequeño el resultado que nos ofrece en este campo la Unión Europea y su peripecia institucional para la problematización de la experiencia política hodierna. Pero en esta elusión de la democracia por las exigencias del buen gobierno hay otras consecuencias mucho menos tratadas. Y es que, en primer lugar, el conjunto de las cautelas antidemocráticas contenidas en el Tratado de la Unión Europea, tomadas en su conjunto, equivalen a lo que podríamos llamar una <em>“invariante” </em>de política económica, esto es, un conjunto de reglas de rigurosa y obligada observancia (42). Se llega, pues, al resultado de que, si el pensamiento democrático excluyó siempre de su horizonte la existencia de una <em>“invariante moral del orden político”</em>, ahora, su deriva tecnocrática, recupera la exigencia de unas normas incuestionables, pero sólo que, en vez de situarse en el terreno moral, se limitan tan sólo al económico. Pero además esta dinámica abre también la perspectiva de la recuperación de la distinción entre potestad y autoridad, aunque no tanto de la limitación de la potestad por una autoridad independiente —siempre salutífera para el orden político—, sino más bien de absorción de la potestad por una pseudo <em>“autoridad”</em>, vicio opuesto al democrático de dilución de la autoridad en la potestad (43). Otra cosa es que las tendencias anteriores se presenten indiferenciadas y unidas inextricablemente con la ideología de la globalización. El éxito reciente de la llamada <em>governance</em>, que podríamos decir con el término tradicional <em>“gobernación”</em>, pero que se está imponiendo con el bárbaro de <em>“gobernanza”</em>, evoca de una parte —incluso etimológicamente— el “gobierno”, más allá del Estado, aunque también implica, de otra, en la realidad, la rendición de la política a la administración del economicismo (44). Lo mismo podría decirse de la también reciente fortuna del principio de subsidiariedad. Pues si, de un lado, ha hecho volver la atención sobre un tema central del orden político, que las constituciones y administraciones nacionales habían obviado, no es menos cierto que —de otro— ha impuesto una versión desnaturalizada y administrativizada del mismo, al servicio de un neoliberalismo globalizador que se desembaraza de las posibles resistencias estatales y que contribuye a presentar los poderes públicos como mero s aparatos o instrumentos suspendidos sobre una sociedad civil autorregulada de modo espontáneo por la libre iniciativa individual (45). Se trataría no tanto de una volatilización del Estado como de una vanificación del gobierno, sometido a las sedicentes l e yes del mercado global. Se trataría también de una marginación de las instituciones representativas (digamos incluso, pese a lo desgastado del término, por mor de su uso <em>“religioso” </em>y de su degeneración partitocrática, democráticas) bajo capa de eficiencia. Y se trataría finalmente, no de una flexibilización de los vínculos nacionales, sino más bien de su debilitamiento y casi desaparición.<br />
<strong>MIGUEL AYUSO TORRES</strong></p>
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